Grupo de Inversiones Suramericana S.A. (“Grupo SURA”) informa sobre la culminación del trámite ante la Bolsa de Valores de Colombia (“BVC”) respecto de la readquisición de acciones de la Sociedad y el consecuente inicio de operaciones.
ANTECEDENTES
La Asamblea General de Accionistas realizada el 27 de marzo de 2020 autorizó la readquisición de acciones de la Sociedad hasta por un monto de trescientos mil millones de pesos (COP $300.000.000.000) durante un plazo de hasta tres años, contados a partir de dicha fecha y aprobó delegar en la Junta Directiva la definición de la forma y condiciones en las que se realizarían las operaciones de readquisición.
Posteriormente, el 26 de marzo de 2021 la Junta Directiva definió y aprobó el procedimiento mediante el cual se podrán ejecutar dichas operaciones de readquisición.
Por último, Grupo Sura surtió el trámite previsto en la normatividad vigente de la BVC, entidad de la cual se recibió respuesta el pasado 15 de abril, confirmando que Grupo Sura, cumplió con lo establecido en el artículo 3.9.3.1 de la Circular Única de la BVC, para iniciar operaciones de readquisición por medio de los sistemas transaccionales de la Bolsa. En consecuencia,
SE INFORMA AL MERCADO QUE GRUPO SURA INICIARÁ LAS OPERACIONES DE READQUISICIÓN en los siguientes términos:
• Monto máximo a readquirir: Hasta trescientos mil millones de pesos (COP 300.000.000.0000)
• Plazo: Hasta el 27 de marzo de 2023, fecha en la que se cumple el plazo de los 3 años aprobado por la Asamblea de 2020.
• Tipo de acciones a readquirir: Acciones ordinarias y preferenciales. Cuando se realicen operaciones de readquisición, se demandará en la misma proporción que tienen las dos especies en la estructura de capital de la Sociedad. Es decir, las órdenes de readquisición de acciones que Grupo Sura le dará a un Comisionista de Valores, serán para que éste demande un número de acciones que proporcionalmente serán 80.6% acciones ordinarias y 19.4% acciones preferenciales.
Ahora bien, dado que cada titular de acciones ordinarias o preferenciales podrá decidir si vende las mismas o no, las acciones efectivamente readquiridas pueden ser ordinarias y preferenciales en proporción diferente a los mencionados porcentajes del 80.6% y 19.4%, respectivamente.
• Mecanismo que se utilizará para realizar la readquisición de acciones: Se comenzará la ejecución de la readquisición haciendo uso del Sistema Transaccional de la Bolsa, establecido en el Reglamento y la Circular Única de la BVC (la “Normatividad de la BVC”).
En caso de que Grupo Sura defina en otro momento utilizar el Mecanismo Independiente de la BVC, lo informará previamente a dicha entidad y al Mercado Público de Valores mediante información relevante.
• Sociedad comisionista elegida: Se utilizará solo una sociedad comisionista por cada día de operación, de acuerdo con la Normatividad de la BVC.
El procedimiento descrito fue desarrollado de acuerdo con la normatividad de la BVC, en el mejor interés de la sociedad y de sus accionistas, respetando sus derechos, la transparencia del mercado y dentro del marco definido por la BVC. Para estos fines se establecieron las siguientes medidas:
• Demanda proporcional de las dos especies de acciones (ordinarias y preferenciales)
• Operaciones realizadas a través de los mecanismos reglamentados por la BVC
• Determinación del precio con base en procedimientos técnicos reconocidos, es decir, en el caso del mecanismo transaccional, de acuerdo con el Reglamento de la BVC, se entenderá aceptado como procedimiento reconocido técnicamente los precios del sistema transaccional para las acciones clasificadas como Instrumentos por Continuo
• Transmisión de información clara y oportuna al mercado de valores en los momentos pertinentes sobre la ejecución de las operaciones.